UMA 2026 · $117.31/día Salario mínimo · $315.04/día Inflación · 3.37%* *se actualiza cada mes con el INPC del INEGI

Pensión por invalidez · Saltillo, Coahuila

Pensión por invalidez del IMSS: el dictamen y cómo impugnarlo.

En la pensión por invalidez casi todo se juega en un documento: el dictamen médico del IMSS (ST-4). Si el dictamen no reconoce tu estado de invalidez, no hay pensión — aunque tu salud diga otra cosa. Como abogado en Saltillo te explico qué exige la ley, cómo se arma un expediente sólido y qué vías existen para impugnar un dictamen o una negativa.

Qué exige la ley

Invalidez no es enfermedad: es un estado que se dictamina.

Para la ley, el estado de invalidez existe cuando una enfermedad o accidente no laboral te impide obtener, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de la habitual que percibías en el último año. No basta estar enfermo: el IMSS debe dictaminar que esa condición te invalida para trabajar en esos términos.

Ese reconocimiento se materializa en el dictamen ST-4, emitido por los servicios médicos del IMSS. Además del dictamen, se exige un mínimo de semanas cotizadas y que el padecimiento no derive de un riesgo de trabajo (eso sigue otra vía, con otras reglas).

ST-4

El formato de dictamen de invalidez del IMSS: el documento que define si hay pensión o no. Puede otorgarse con carácter temporal o definitivo, y puede ser revisado. Los requisitos y montos son ilustrativos; cada caso lo dictamina y resuelve el IMSS.

Dónde se caen los casos de invalidez

  • Expediente médico débil. El dictamen se alimenta de tu historia clínica. Estudios dispersos, sin continuidad o sin diagnóstico firme debilitan el caso antes de empezar.
  • Semanas insuficientes o vigencia perdida. El derecho exige semanas cotizadas mínimas y derechos vigentes; hay que revisarlos antes de iniciar el trámite, no después.
  • Confundir invalidez con incapacidad por riesgo de trabajo. Son vías distintas, con requisitos y prestaciones distintas. Elegir mal la vía cuesta meses.
  • Aceptar el primer dictamen sin cuestionarlo. Un dictamen desfavorable o un porcentaje que no refleja tu estado puede ser impugnado; firmarlo de conformidad sin asesoría cierra puertas.

Impugnar un dictamen sí es posible.

Si el IMSS no reconoce tu invalidez, te retira una pensión temporal o resuelve en contra, existen vías de defensa: la inconformidad administrativa ante el propio Instituto y, en su caso, el juicio ante los tribunales laborales, donde el estado de invalidez puede acreditarse con peritajes médicos independientes.

Cada vía tiene plazos y requisitos, y elegir la correcta depende de qué resolvió exactamente el IMSS y con qué fundamento. Por eso el primer paso siempre es leer el dictamen y la resolución con criterio jurídico — antes de firmar cualquier conformidad y antes de que corran los plazos.

Cómo te acompaño

Del análisis al trámite, con criterio jurídico.

1
Revisión del caso. Analizamos tu historia clínica, tus semanas cotizadas y tu vigencia de derechos: si hay caso, te lo digo; si no lo hay todavía, también.
2
Preparación del trámite. Integramos el expediente médico y administrativo para la valoración del IMSS, con la documentación completa.
3
Defensa del dictamen. Si el dictamen o la resolución no reflejan tu estado, valoramos la inconformidad o el juicio, con peritajes de apoyo.

No prometo un dictamen favorable ni un monto: eso lo resuelven el IMSS y, en su caso, los tribunales. Mi trabajo es que tu caso llegue completo y defendido a cada instancia.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene tener claro.

¿Qué es el dictamen ST-4?

Es el formato con el que los servicios médicos del IMSS dictaminan el estado de invalidez. De él depende que la pensión se otorgue, se niegue, sea temporal o definitiva. Es el documento central de todo el trámite.

¿Puedo impugnar un dictamen del IMSS?

Sí. Existen la inconformidad administrativa y el juicio, y el estado de invalidez puede acreditarse con peritajes médicos independientes. Lo importante es actuar dentro de los plazos y no firmar conformidades sin asesoría.

¿Cuántas semanas cotizadas necesito?

Depende del régimen y del grado de invalidez; como referencia, el régimen de Ley 73 exige 150 semanas. Es uno de los primeros puntos que reviso en la Constancia de Semanas Cotizadas. Referencias ilustrativas.

¿Qué diferencia hay entre invalidez e incapacidad por riesgo de trabajo?

La invalidez deriva de enfermedad o accidente ajenos al trabajo; el riesgo de trabajo, de un accidente o enfermedad laboral. Son vías legales distintas, con prestaciones distintas — y elegir la correcta cambia el resultado.

¿Atiendes en Saltillo?

Sí. Atiendo trámites y defensas de pensión por invalidez en Saltillo, Ramos Arizpe, Arteaga y todo Coahuila, presencial o en línea.

Alonso del Campo González Pico
Alonso del Campo González Pico · Abogado

Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Coahuila (UAdeC) y la UNAM. Cédula profesional 6658335. Asesoría en pensiones IMSS, Ley 73 y Modalidad 40 en Saltillo, Coahuila. Esta página es orientativa; cada caso lo valora un abogado y las cifras son ilustrativas, no garantizadas.

Antes de firmar cualquier dictamen, revisemos tu caso.

Cuéntame tu situación por WhatsApp: tu padecimiento, tus semanas y qué te ha resuelto el IMSS. Te digo con claridad qué vías tienes.